Normas AML y KYC para los comerciantes
La normativa contra el blanqueo de capitales (AML) obliga a determinadas empresas a identificar a sus clientes (conocimiento del cliente, o KYC), conservar registros y comunicar sospechas. El Financial Action Task Force (FATF), el organismo intergubernamental que fija las normas mundiales contra el blanqueo, incluye a los comerciantes de metales preciosos y a los de piedras preciosas entre sus actividades y profesiones no financieras designadas. Conforme a sus Recomendaciones 22 y 23, deben aplicar la diligencia debida con el cliente y comunicar las operaciones sospechosas cuando manejen operaciones en efectivo iguales o superiores a un umbral designado de USD/EUR 15,000. Cada país fija su propia versión. El Reino Unido obliga a los comerciantes de alto valor que aceptan efectivo de €10,000 o más a inscribirse en HM Revenue & Customs, y el Reglamento (UE) 2024/1624 contra el blanqueo de capitales, aplicable desde el 10 de julio de 2027, fija un límite de €10,000 a los pagos en efectivo en toda la Unión.
En Estados Unidos, el artículo 352 de la USA PATRIOT Act llevó a FinCEN, del Tesoro, a dictar en 2005 una norma, hoy 31 CFR Parte 1027, que obliga a los comerciantes de metales preciosos, piedras preciosas o joyas a mantener un programa contra el blanqueo desde el 1 de enero de 2006. Es comerciante toda empresa que el año anterior compró y vendió más de US$50,000 de mercancía cubierta. Los minoristas quedan exentos salvo que compren más de US$50,000 a no comerciantes, como el público. El programa exige políticas basadas en el riesgo, un responsable de cumplimiento, formación y verificación independiente. Los informes de actividad sospechosa son voluntarios para los comerciantes, pero los cobros en efectivo superiores a US$10,000 deben declararse en el formulario 8300.